¿Por qué el procedimiento para desalojar a los okupas es tan largo?

La okupación enfrenta entre sí dos derechos fundamentales: el derecho a la propiedad y el derecho a la vivienda. De esta manera, la okupación puede considerarse como allanamiento de morada solo si la propiedad okupada constituía la vivienda principal en el momento de la instalación de los okupas.

El Tribunal de Casación (Cour de cassation) (Sala de lo Penal (Chambre criminelle), 22 de enero de 1997, 95-81.186) considera que aunque los okupas irrumpan en un apartamento, no cometen un allanamiento de morada si el apartamento se encuentra vacío de muebles, ya sea porque el edificio acaba de construirse, porque nos encontramos en el intervalo entre dos alquileres o porque el edificio está destinado a una demolición. Una vivienda vacía y desocupada no puede ser considerada como un domicilio. Más información sobre las propiedades okupadas.